Dijo que mantiene su posición institucional de que
el GLP se venda pesado a los usuarios, para evitar que fruto de las
operaciones por volumen sigan engañando a las amas de casa.
Precisó que en el país la comercialización del Gas
Licuado se contaminó cuando entraron los carros al servicio del
transporte con GLP, hecho que provocó que resultaran perjudicados los
2,2 millones de hogares que usan gas, porque en términos prácticos se
varió la forma de venta de pesado a volumen.
“Nosotros tomamos la determinación de que GAS debe ser pesado porque así no hay distorsión”.
Dijo que para evitar ese engaño en perjuicio de
los hogares dominicanos fue que Pro Consumidor dispuso, mediante
resolución (84-2010) que cada estación debe disponer de una balanza para
que los usuarios pesen el tanque antes y después de que se les dispense
el GLP, de modo que se eviten prácticas fraudulentas.
Entrevistada en el Programa Matinal 5, por
Telemicro, la licenciada Paulino defendió la potestad facultativa de Pro
Consumidor en disponer multas a los establecimientos que operan con
irregularidad y en perjuicio de los consumidores.
Citó el caso cinco envasadoras de la empresa
Propagas (Propano y Derivados) que solicitaron el conocimiento de
medidas cautelares para buscar la suspensión de las multas que les
impuso Pro Consumidor porque sencillamente “descubrimos que están
cometiendo irregularidades en la venta del GLP al pueblo”.
“Ya hay jurisprudencia, los tribunales por ejemplo
cuando algunas de las empresas que fueron multadas elevaron medidas
cautelares el Tribunal falló en contra de esas medidas y dijo que no que
teníamos razón, primero porque la institución tiene potestad
reguladora, tiene potestad para multar, para hacer muchísimas cosas en
defensa de los consumidores”, manifestó.
Agregó que: “Que lo sepan los abogados de esas
empresas, el Derecho de Consumo es un derecho puro y duro. Pero además
esta ley tiene rango constitucional y además es una Ley de orden público
y Pro Consumidor es un Tribunal de Primera Instancia en materia de
consumo”.
“Las decisiones de nosotros (de este tribunal) son
apeladas ante el Consejo Directivo como jerárquico inmediato. Si el
Consejo Directivo falla en contra de una de esas decisiones, entonces el
ciudadano puede ir al Tribunal Contencioso, entonces ellos no quieren
conocer eso”, indicó.
La titular de Pro Consumidor citó el artículo 52
de la Ley 358-05 de Protección al Consumidor, el cual establece que “La
Dirección Ejecutiva promoverá además la adopción generalizada del
sistema métrico decimal “MKS”, conforme a los compromisos
internacionales asumidos en la materia, a los fines de sustituir
cualquier otro sistema de pesos y medias que todavía continúe
aplicándose en el país”.
Dijo que: “aquí nos salimos del ese sistema y nos
metimos en otros. En la Refinería es pesado y ellos lo dispensan por
volumen. Si fueran transparentes no patalearan”.